He
conocido a personas que eran analfabetas funcionales, que aunque eran capaces
de juntar las letras o de ir a hacer la compra porque manejaban limitadamente
las letras y los números, no eran capaces de entender el contexto de una
lectura. Normalmente a la altura que estamos de la vida, deberían de ser
personas mayores que no tuvieron la fortuna de haber podido estudiar, pero que
incluso alguna de ellas, tuvo el mérito de intentarlo en las escuelas de
adultos y han aprendido a defenderse
Pero
también me estoy encontrando con muchas personas que son analfabetos mentales,
que si bien incluso tienen estudios y formación cuando leen un texto, lo asumen
leyendo solo la parte que les interesa para sus fines y el resto del texto es
como si no existiera o le dan otra interpretación.
Esto
va en relación con la noticia que estos días en la prensa de Cádiz y en la
nacional ha sido muy comentada sobre el chico transexual que el Obispado no
permite que sea padrino de bautizo de su sobrino. Vamos a ir por partes porque
el tema tiene su miguita.
Por
un lado tenemos un amplio grupo, guiándome por los comentarios que si bien son
capaces de juntar dos letras para escribir en los comentarios del facebook, no son
capaces de tocar la tecla del “enter” para buscar en google la diferencia entre
homosexual y transexual, con lo que apelativos tan cariñosos como “maricón” es
lo más fino que se ha podido leer por aquí.
Ahora lo que más me ha
sorprendido es comentarios que han dicho de ¿“que le puede enseñar de vida de Fe
a ese niño un transexual”? o “un transexual dará mal ejemplo, porque para ser
padrino tienes que llevar una vida ejemplar en la fe y en los principios
fundamentales cristianos”. Pues voy a poner otro trocito del artículo que tiene
un punto muy importante.
“La Iglesia, que establece los requisitos para ser padrino de un
bautismo en el capítulo 4 del Código de Derecho Canónico sobre los sacramentos,
ofrece a Alex Salinas la posibilidad de ser "padrino espiritual" de
su sobrino, dijeron a Efe fuentes del Obispado.
Ambos,
el padrino "real" y el "espiritual", tienen la misma
misión, la de ayudar a crecer al niño en la fe católica, aunque sólo el nombre
del primero de ellos aparece recogido en los papeles de la Iglesia sobre el
sacramento”.
O sea que entiendo que a la
Iglesia en el fondo le importa un pimiento el camino que le pueda enseñar el
transexual a este niño, la Fe que le transmita, y los principios fundamentales
cristianos, puesto que le da manga ancha para que sea su PADRINO ESPIRITUAL, a
la Iglesia lo que le incomoda, por no decir algo más fuerte es que aparezca en
los papeles, que sería un ¿escándalo?, por lo tanto esa defensa a ultranza de
las normas eclesiásticas que rigen para ser padrino y esa defensa hacia la
postura del Obispo me suena un poco extraño cuando una vez que el padrino
heterosexual de turno y con los papeles en regla se persone en la ceremonia, ya
la Iglesia se lava las mano y si el muchacho transexual quiere ser el que lo
“guie espiritualmente” ya es cosa de los padres. Pues me vais a perdonar pero
huele mucho a pescado pocho o dicho mejor y literariamente, “algo huele a
podrido en Dinamarca”
En cuanto al tema de apelar al Derecho Canónico, bien sabemos que ninguna ley terrenal es inmutable y muchas cosas en la Iglesia se han hecho cuando ha convenido saltandose a la torera el Derecho Canónico puesto que al final, es del libre interpretacion, como las leyes por parte de los jueces, y al igual que antes se entraba con velo en las Iglesias, los sacerdotes llevaban tonsura y sotana, se celebraba la misa en Latín y de espaldas y otras muchas normas y leyes con el tiempo fueron modificadas, pues que se planteen que para hacerlo como lo están haciendo que todo es en un papel aparezca un nombre u otro, mejor sería que se preocuparan en ir revisando algunas de esas leyes, puesto que son humanas son perfectamente modificables.
Y por último lo de los requisitos para ser padrinos, la verdad que son muy bonitos en el papel pero si hicieran un examen real de todos los que se han presentado para ser padrinos, me da que no aprobaba nadie. Muchas personas todavía están con el viejo atavismo de que los padrinos de bautismo en caso de que los padres falten serán los encargados de velar por la criatura, tal y cual. Nada más alejado de la realidad puesto que el bautismo no tiene peso en la vida civil y la vida civil se rige por unas leyes que determinan la guardia y custodia de esos niños, aparte de que los padres pueden haber nombrado en su día unos tutores legales para que en caso de que ocurriera algo así, tener a sus hijos protegidos y desde luego no va a primar el hecho de que sean sus padrinos de bautismo, es mas en ese caso me daría igual a la religión que pertenecieran los tutores legales como si eran ateos, porque hay muchos otros valores a tener en cuenta y uno fundamental es el respeto y a partir de ahí ya se hablaría del resto.
En cuanto al tema de apelar al Derecho Canónico, bien sabemos que ninguna ley terrenal es inmutable y muchas cosas en la Iglesia se han hecho cuando ha convenido saltandose a la torera el Derecho Canónico puesto que al final, es del libre interpretacion, como las leyes por parte de los jueces, y al igual que antes se entraba con velo en las Iglesias, los sacerdotes llevaban tonsura y sotana, se celebraba la misa en Latín y de espaldas y otras muchas normas y leyes con el tiempo fueron modificadas, pues que se planteen que para hacerlo como lo están haciendo que todo es en un papel aparezca un nombre u otro, mejor sería que se preocuparan en ir revisando algunas de esas leyes, puesto que son humanas son perfectamente modificables.
Y por último lo de los requisitos para ser padrinos, la verdad que son muy bonitos en el papel pero si hicieran un examen real de todos los que se han presentado para ser padrinos, me da que no aprobaba nadie. Muchas personas todavía están con el viejo atavismo de que los padrinos de bautismo en caso de que los padres falten serán los encargados de velar por la criatura, tal y cual. Nada más alejado de la realidad puesto que el bautismo no tiene peso en la vida civil y la vida civil se rige por unas leyes que determinan la guardia y custodia de esos niños, aparte de que los padres pueden haber nombrado en su día unos tutores legales para que en caso de que ocurriera algo así, tener a sus hijos protegidos y desde luego no va a primar el hecho de que sean sus padrinos de bautismo, es mas en ese caso me daría igual a la religión que pertenecieran los tutores legales como si eran ateos, porque hay muchos otros valores a tener en cuenta y uno fundamental es el respeto y a partir de ahí ya se hablaría del resto.
Por lo tanto esas loas y
alabanzas hacia la toma de decisión de la Iglesia, que la gente ha dejado en
los comentarios de la prensa mejor sería que antes se leyeran con una buena
lectura comprensiva lo que el artículo en sí dice y que se dejaran como siempre
de leer solo los titulares, que verdad que dicen que la gente normalmente no
suele leerse la letra pequeña y que la ignorancia es muy atrevida. Y de paso que se lean los artículos que he puesto a pie de página, pero claro, yo se que eso lo harán mis amigos que son mentes pensantes, aquellos que no lo son y nunca lo han sido y si entran aqui por mero interes de cotillear, subiran la nariz para arriba como si olieran mal y ni se molestaran en leerlos.
N.A: He estado pensando, si el padrino o madrina es hermafrodita, ¿puede hacer la función de padrino y madrina dos en uno? ¿Y si se separan y divorcian, borran a los padrinos de la partida de bautismo?
Adjunto enlace de la Diocesis de Canarias donde hacen al misma pregunta y donde se comenta que no hay nada que impida a un homosexual ser padrino de bautizo ni a un transexual.
http://www.diocesisdecanarias.es/preguntarespuesta/sacramentos/bautismo/bautismo-padrino-madrina-homosexual.html
Y aqui el enlace de El código de Derecho Canónigo promulgado por el Papa Juan Pablo II en 1983
http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P2W.HTM
Creo que estos dos enlaces estan libres de sospecha de ser de alguna organizacion encubierta que no sera eclesiástica o no afin a la Iglesia actual.
SHABBAT SHALOM
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.